CARTA
PUEBLA DE HONDARRIBIA
Joseba
Garaialde (Hondarribia)
Hoy, 4 de abril del año 2003 se
“conmemora”-“rememora” el otorgamiento por Alfonso VIII de Castilla de
la Carta Puebla al Pueblo de Hondarribia el día 19 de abril del año 1203, es
decir hace 800 años.
Nuestro Ayuntamiento nos
quiere presentar esta efeméride como un PACTO entre el pueblo de Hondarribia y
el tal monarca castellano, en la que ambas partes
se reservaban una serie de derechos y privilegios. AsÍ mismo nos la
presenta como que fue la primera villa guipuzcoana a la que se otorgó este
privilegio después de la de Donostia.
Lo que no nos dice nuestro
Ayuntamiento es que, antes que Alfonso VIII otorgase la Carta Puebla a Donostia,
el Rey navarro Sancho VI el Sabio ya le había otorgado el derecho
pirenaico/navarro, ya que estas
tierras eran parte del Reino de Navarra,
y que el rey Alfonso VIII las conquistó en al año 1200 por medio de la
fuerza. Es decir, que no hubo pacto alguno entre la Provincia de Gipuzkoa y el
monarca castellano. Esto ha sido un montaje pseudo-histórico que alguien muy
interesadamente se inventó y que nunca nadie ha podido probar.
Por tanto, y en aras de la
verdad, ante esta efeméride
queremos decir que:
1º El día 19 de abril de 1203 no debió de ser un día
demasiado alegre para las gentes de Hondarribia, quizás sí para la burguesía,
pues aunque se le otorgó el título de Villa, éste lo fue por un rey invasor.
2º Que los pactos entre
iguales a los que se alude en casos como este ó parecidos, no puede darse
cuando uno es el que manda y el otro el mandado:
Conquista de la Navarra occidental o marítima el año 1200. Hondarribia
año 1203, Alfonso VIII y Hondarribia; Navarra año 1512 Conquista por
Fernando “El Católico” llamado también “El Falsario”; Guerra carlista,
Ley de 25/10/1839 Gobierno de España para las Provincias Vascongadas y Navarra;
Ley “Paccionada” de 16/8/1841, Gobierno de España y Provincia de Navarra,
Estatutos de Autonomía, años
1936 y 1978, Gobierno de España y Parlamento Autónomo Vasco, Amejoramiento
Foral, Gobierno de España y Parlamento de Navarra; ó Pacto de “Libre adhesión” actualmente en candelero,
Reino de España y Comunidad Autónoma Vasca. En todos estos casos España
manda, Hondarribia, Gipuzkoa, ó Comunidades Autónomas obedecen. No confundamos
pactos con capitulaciones.
3º Que la fecha de hoy es
fecha de rememoración, fecha importante en la historia de nuestro pueblo. Que
es una fecha importante para rememorar que somos navarros por ser parte del
antiguo Reino de Navarra, y vascos precisamente por que Navarra es el referente
histórico-político del Estado Vasco. Que tenemos derecho como tales a ser dueños
de nuestro propio destino y a decidir nuestro futuro en libertad y sin
cortapisas ni pactos con terceros.
4º Que los pactos entre
iguales solamente se pueden realizar entre quien es dueño de si mismo y de su
libertad. Solamente cuando nosotros lo seamos, es decir cuando Euskal Herria sea
libre podrá pactar con España, Francia, ó con cualquier otro país su
“libre adhesión”.
5º Que miramos al pasado
para conocer nuestra historia, pero también miramos al futuro para seguir
haciendo nuestra historia y que queremos que ésta sea desde la libertad.